domingo, 15 de mayo de 2016

Concepto y elementos de la relación laboral

I.I. Relación laboral: Es aquella que existe entre un trabajador y un empresario en virtud de la cual el primero se compromete a prestar sus servicios profesionales de forma personal y voluntariamente a favor del segundo, quien tiene la potestad de dirigir el trabajo y adueñarse de los resultados del mismo a cambio de un salario.
Ejemplo: "Adueñarse de los resultados"-> Plusvalías de Marx.
Por otro lado un amigo no puede cubrir tu puesto de trabajo.
I.II. Elementos constituidos de la relación laboral.
1. Voluntariedad: El trabajador y el empresario firman libremente un contrato.
2. Por cuenta ajena: Los frutos directos del trabajo pasan a ser propiedad del empresario.
3. Remuneración: El trabajador presta sus servicios a cambio de un salario.
4. Personalísima: El trabajo debe ser realizado por el trabajador y no por otra persona.
5. Dependiente: El empresario organiza y ordena la actividad laboral, pudiendo sancionar al trabajador en caso de desobediencia, dentro de los límites marcados por la ley.
I.III. Relaciones laborales especiales. (Artículo 2 E.T.)
"Son relaciones laborales en sentido estricto, pero que por sus especiales circunstancias cuentan con una normativa propia, aplicándose el Estatuto de los trabajadores de forma subsidiaria."
1. El personal de alta dirección. (Ejemplo: Indemnizaciones más jugosas).
2. Los trabajadores al servicio del hogar familiar. (Si vives en casa del empresario).
3.  Presos o penados en instituciones penitenciarias.
4.  Deportistas profesionales.
5.  Artistas en espectáculos públicos.
6. Quienes intervengan en operaciones mercantiles por cuenta de uno o más empresarios sin asumir el riesgo de las operaciones. (No comisionistas).
7. Trabajadores discapacitados que presten servicios en centros especiales de empleo.
8.  Estibadores portuarios. (Carga y descarga de mercancía en los puertos).
9. Cualquier otro trabajo expresamente declarado como relación laboral de carácter especial por una ley.